Resumen
El presente ensayo tiene como objetivo presentar el nuevo procedimiento de interconsulta legislativa establecido entre el Parlasur y los parlamentos de los estados nacionales de los países del Mercosur. Entre las varias formas y métodos de relación e interacción entre el derecho internacional y el derecho nacional en general; y entre los parlamentos internacionales y los parlamentos nacionales en particular, el procedimiento de interconsulta legislativa establecido por el Parlasur es único, original e innovativo. El procedimiento de interconsulta legislativa del Parlasur establece, en primer lugar, un canal de comunicación desde el Parlasur hacia abajo, hacia los parlamentos nacionales. Pero además –lo que es aún más importante- establece también un procedimiento de comunicación hacia arriba, desde los parlamentos nacionales hacia el Parlasur. Esta comunicación e interacción recíproca, “de ida y vuelta,” por medio un procedimiento legal y formal entre dos niveles de producción jurídica -el nivel internacional y el nivel nacional- introduce una nueva forma de relación entre los sistemas jurídicos, ya que, acaso por primera vez, se permite formalmente la iniciativa y remisión de normas desde el nivel nacional para ser consideradas a nivel internacional. Y todavía más, desde un punto de vista sustancial, este procedimiento garantiza, como solo ocurre excepcionalmente, la legitimidad democrática de las formas de producción jurídica para la regulación de problemas transnacionales.Citas
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