Resumen
Actualmente la movilidad humana que va en creciente aumento, en especial empujados por motivos que los empujan a migrar involuntariamente por la región, motivos como la violencia generalizada y sistemática de los países de Centroamérica, la crisis aguda de los países de la región, actualmente Venezuela, Argentina, Nicaragua, entre otros, el cambio climático, entre otras causas, sumado a ello, los refugiados internacionales de la guerra de Siria. Una tragedia humana de una magnitud nunca vista, que da origen al uso frecuente de los institutos jurídicos de protección internacional, el asilo y refugio, usados de forma indistinta y con frecuencia imprecisa y hasta confusa en especial en la región de América Latina y el Caribe. En América Latina y el Caribe, según sea el país o la normativa regional que se trate, ambos términos se ven utilizados en sus legislaciones internas de forma imprecisa o de sinónimos, algo erróneo y que se intenta dejar en evidenciado en este trabajo u concluir con propuestas de unificación terminológica y diferenciación de ambas figuras jurídicas de protección. Se analizan distintas legislaciones de países de Latinoamérica y la legislación regional como es el caso del Plan de Acción Brasil, destacando su imprecisión. También son expuestas las dos opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, OC-21/14 el caso Familia Pacheco Tineo contra el Estado Plurinacional de Bolivia de 25 de noviembre de 2013, que trata una acusada imprecisión en ambos institutos al intentar definir asilo cuando en realidad se trata de refugio. Y la última opinión consultiva OC-28/18 a pedido de la Republica de Ecuador donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos, intenta encontrar una conceptualización y diferenciación de ambos institutos a través de una clasificación integradora y esclarecedora de las funciones de ambos institutos.
Citas
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